28 diciembre, 2018
En el penúltimo día laborable del año y tras el tirón de orejas de Bruselas. Así entra en vigor la ley de viajes combinados. El Boletín Oficial del Estado (BOE) recogió en su edición del jueves el Real Decreto con el que lleva a cabo la trasposición de la directiva europea. Tras meses de elaboración, el texto sale adelante sin contar con el beneplácito del sector. Y es que las agencias de viajes alertan de costes millonarios para los usuarios por la principal medida que incluye la nueva normativa: la garantía solidaria. Pese a ser duramente cuestionada por las agencias mientras se tramitaba la normativa, el texto final hace oídos sordos a las demandas del sector y saca adelante la medida tal y como fue propuesta inicialmente.
“Causará perjuicios al sector turístico y al consumidor” porque “solo beneficia a las aseguradoras”, denuncia la Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas (Fetave). La organización cifra en unos 165 millones de euros anuales el sobrecoste al que se tendrán que enfrentar los usuarios como consecuencia de esta controvertida medida. Con ella se obliga tanto al organizador del viaje como al minorista que comercializa estos viajes combinados a suscribir por separado un mismo seguro. Es una “medida obsoleta”, lamenta Fetave.
Con la nueva ley de viajes combinados, grupos turísticos con áreas organizadoras de viajes y comercializadoras integradas (El Corte Inglés con Viajes El Corte Inglés y Tourmundial o Grupo Barceló con Avoris) estarán obligadas a asegurar dos veces el mismo riesgo.
Así, los 11 euros que, de media, acarrean los gastos en gestión y seguros en viajes de este tipo se duplicarán. Un sobrecoste con que tendrán que lidiar empresas y consumidores.
Con esta aprobación ‘in extremis’, España se libra de las posibles sanciones de Bruselas. Y es que, tras acumular meses de retraso, España hasta el 31 de diciembre para sacar adelante este texto. Se trata de la trasposición de la normativa con la que la Unión Europea busca homogeneizar las condiciones de los viajes combinados en todo el bloque comunitario.
Además de la imposición de la llamada “garantía solidaria”, el texto también recoge otras medidas de calado. Por ejemplo, se activa la opción de desistimiento para los clientes. Estos dispondrán de un plazo de 14 días para cancelar la reserva siempre y cuando abonen una indemnización. Además, la empresa comercializadora será responsable de los errores ajenos al cliente que se produzcan durante la reserva, como, por ejemplo, los problemas informáticos.
Estas son las líneas maestras de la nueva normativa, cuyo desarrollo correrá a cargo, según recoge el BOE, de las diferentes comunidades autónomas.