19 marzo, 2020
El Gobierno da un plazo de siete días a los hoteles y al resto de los alojamientos turísticos para cerrar sus puertas. La medida, publicada en el BOE, desarrolla las disposiciones recogidas en el texto de la declaración del estado del estado de alarma decretado para frenar la expansión de la epidemia del coronavirus.
Hoteles, alojamientos turísticos de corta estancia, campings e incluso aparcamientos de caravanas. Todos ellos deben dejar de prestar servicio al público antes de que pasen los siete días marcados. “Se declara la suspensión de apertura al público de establecimientos de alojamiento turístico”, expone el Ministerio de Sanidad, al que corresponde la disposición recogida en el BOE.
La norma, sin embargo, contempla una excepción: la de aquellos hoteles que alberguen en sus instalaciones a huéspedes que ya estaban alojados “de forma estable y de temporada” antes de la declaración del estado de alarma. Estos establecimientos no podrán admitir en ningún caso a nuevos clientes y deberán cerrar, de forma inmediata, cuando el último de los que ya estaban abandone las instalaciones.
Asociaciones de empresarios hoteleros como el Gremi d’Hotels de Barcelona y gobiernos autonómicos como el de la Xunta de Galicia se adelantaron a esta orden de cierre y avanzaron que, tanto la capital catalana como la comunidad autónoma gallega contarán, una vez cierren los establecimientos, con un número mínimo de plazas disponibles para aquellas personas que no cuenten con otra alternativa para alojarse.