20 noviembre, 2020
El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) recogerá en los próximos días el cierre perimetral de la comunidad durante el puente de diciembre, como ya se hizo en el de Todos los Santos y en la Almudena. Para tomar esta decisión, la consejería de Sanidad ha tenido en cuenta la movilidad que registra la región, tanto en las salidas como en la entrada de ciudadanos procedentes de todas las comunidades autónomas en un puente marcado por las comprar previas a las Navidades.
Por otra parte, se ha establecido la limitación de movimiento entre las 00:00 horas y las 06:00 horas, salvo por causa justificada, y el cierre de toda actividad de hostelería en la misma franja horaria. Además, las reuniones sociales o familiares están limitadas a seis personas en cualquier franja horaria, salvo convivientes.
El comercio y servicios profesionales, incluidos mercadillos al aire libre, no podrán iniciar la actividad antes de las 06:00 horas y deberán cerrar a las 22:00 horas, a excepción de los establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables. Los centros comerciales donde haya cines, restauración u ocio podrán cerrar a las 00:00 horas. En la hostelería sigue suspendido el servicio en barra y el aforo es del 75% en las terrazas y del 50% en el interior de los locales.