15 junio, 2020
Las cifras epidemiológicas han avalado la superación de la tercera fase y, por tanto, el paso de Galicia a la ‘nueva normalidad’ por lo que, siempre que la evolución de la situación epidemiológica lo permita, a partir del 1 de julio se reestablecerán las fiestas, verbenas y los eventos populares en la comunidad gallega, siempre siguiendo los planes específicos de seguridad y los protocolos establecidos por el Gobierno autonómico.
La reanudación de las fiestas y eventos populares se recoge en el Diario Oficial de Galicia (DOG) de este sábado 13 de junio. El documento también establece que el 1 de julio podrán abrir sus puertas los establecimientos de fiestas infantiles y locales de discotecas y de ocio nocturno.
“Todos los ciudadanos deben adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad Covid-19 y la exposición a dichos riesgos”, indica el DOG que regula las medidas a adoptar en la ‘nueva normalidad’, es decir, a partir de este mismo lunes.
En los hoteles y alojamientos turísticos no podrá superarse el 75% de su capacidad, por lo que cada establecimiento debe establecer la capacidad de los distintos espacios comunes y los lugares en los que se pueden realizar eventos, además de las condiciones más seguras para su realización conforme a la capacidad máxima y las medidas de higiene y protección.
Las actividades de animación o las clases grupales también deben diseñarse y planificarse con una capacidad máxima de 25 personas y deben respetarse las distancias de seguridad interpersonal entre los asistentes o utilizar mascarilla en caso contrario.
Como establecen los protocolos para evitar el contagio por Covid-19 en hoteles y establecimientos turísticos, se realizará la correspondiente desinfección de las instalaciones. En el caso de las destinadas al uso deportivo o las piscinas o gimnasios se aplicarán las medidas específicamente diseñadas para estos espacios.
El aforo será inferior en los albergues turísticos, por sus características especiales. Se permitirá una capacidad máxima del 50% de su capacidad total. Las personas titulares del establecimientos deben adoptar las medidas organizativas oportunas para evitar aglomeraciones y para procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal en el interior de los establecimientos o, en su defecto, se utilizarán las medidas de protección física de los clientes.
Los establecimientos de hostelería y restauración no podrán superar el 75% de su capacidad para el consumo en el interior del local, que podrá realizarse en barra o en mesa, o en agrupaciones de mesas, y deberá asegurar el mantenimiento de la distancia de seguridad.
Por otra parte, en las terrazas al aire libre el aforo se limitará al 80% de las mesas permitidas con respecto al año anterior. La misma norma se seguirá en los espacios que, aunque estén cubiertos, estén rodeados lateralmente por un máximo de dos paredes y muros.
Lo museos y salas de exposiciones de titularidad pública podrán acoger las visitas al público, exposiciones temporales y actividades culturales o didácticas sin superar el límite del 75% de la capacidad permitida para cada una de las salas y espacios públicos. Este límite se aplicará también en aquellos eventos que impliquen concurrencia de varias personas en un mismo espacio, conciertos y programas públicos.
En las playas, los usuarios deberán hacer un uso responsable de las instalaciones, tanto desde el punto de vista ambiental como sanitario. La ocupación máxima en el uso de duchas y aseos o vestuarios será de una persona. Además, los ayuntamientos podrán establecer límites de acceso y de capacidad de las playas, con el fin de asegurar que se pueda respetar la distancia interpersonal.