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Las agencias consiguen que se amplíe el plazo de validez de las pruebas de la Covid-19

Covid
Pablo López

14 julio, 2021

La solicitud de la agencia Mi Mundo Travel Planner, integrada en UNAV, y las gestiones llevadas a cabo tanto por los departamentos jurídicos de esta asociación y de CEAV ante diferentes ministerios han permitido que, a partir del 14 de julio, el período de validez máximo de las pruebas diagnósticas de infección activa de Covid-19 sea de 72 horas, en caso de las pruebas PCR, y de 48 horas, en el de las pruebas rápidas de antígenos, contabilizándose este período desde la fecha de la toma de la muestra, según acuerdo adoptado por el Comité de Seguridad Sanitaria de la Comisión.

De este modo, se amplía la antelación de la realización de la prueba a 72 horas anteriores a la llegada a España y no a 48 horas como había establecido la resolución del 4 de junio relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada al país. La nueva resolución de la Dirección General de Salud Pública, que tiene fecha de 9 de julio, se ha publicado hoy en el BOE y tendrá vigencia a partir del 14 de julio.

Tras el cambio normativo, el certificado de prueba diagnóstica deberá incluir, al menos, la siguiente información: nombre y apellidos del titular, fecha de la toma de la muestra, tipo de test realizado y país emisor.

“Aquella resolución nos había había creado un problema grandísimo a las agencias, pues había destinos para los que nos estaba resultando imposible cumplir la normativa sobre las 48 horas para las pruebas de antígenos o PCR. De hecho, hay países que no hacen antígenos o no admiten antígenos como prueba certificada”, explica María José Blanco, cofundadora de Mi Mundo Travel Planner.

A partir de la comunicación efectuada por esta agencia, a la que luego se sumaron otras, se puso en marcha una actuación conjunta de CEAV y UNAV, dado que había destinos para los que resultaba realmente imposible que el plazo de validez de las pruebas se pudiese cumplir y porque «iba en coherencia con lo que ha establecido el Reglamento del Certificado Digital Covid de la UE”.

“Aunque el cambio que se ha producido es sustancial para el conjunto de las agencias, lo que realmente pone de manifiesto esta importante modificación es el valor del asociacionismo, en primer término, pues constata que una correcta canalización de la petición de un asociado puede conllevar variaciones de alcance. En segunda instancia, subraya igualmente la importancia del trabajo en equipo que llevan a cabo UNAV y CEAV en el día a día en defensa de las agencias de viajes”, explican las personas que directamente han llevado a cabo la actuación, Mercedes Tejero, por parte de CEAV, y María Dolores Serrano, en representación de UNAV.

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