26 junio, 2020
A partir del 1 de julio las discotecas y locales de ocio nocturno podrán volver a la actividad en Galicia y las verbenas y fiestas populares podrán celebrarse de nuevo. El plan que ha presentado la Xunta se divide en dos partes y la primera de ellas se extenderá durante todo el mes de julio, cuando en el interior de los locales de ocio nocturno el aforo estará limitado a un 75%, mientras que las pistas de baile contarán, como máximo, con un 50% de ocupación. La segunda fase comenzará a partir de 31 de julio y podrá suponer una ampliación del aforo, si la evolución epidemiológica y el cumplimiento de las medidas durante la fase uno así lo aconsejan.
“Las garantías sanitarias son lo primero que se tiene que observar”, apuntó el vicepresidente del Gobierno autonómico, Alfonso Rueda, que estuvo acompañado por el conselleiro de Sanidad, Jesús Vázquez Almuíña, durante la presentación de dicho plan. Rueda insistió en que la Xunta va a ser “muy exigente” con el cumplimiento de los protocolos y anunció que la Policía Autonómica pondrá a funcionar un plan especial de vigilancia.
En lo que se refiere a los locales de ocio nocturno, su interior estará limitado a un aforo de dos tercios, esto es, por debajo del 75% que está fijado para los locales de hostelería y restauración. Las terrazas, que ya pueden abrir actualmente, tendrán el aforo limitado al 80% como el resto de terrazas. Y las pistas de baile estarán limitadas al 50% de su ocupación.
El uso de la mascarilla será obligatorio dentro del local y habrá un sistema de registro para poder localizar a los clientes en el hipotético caso de que se detectara un positivo. Este sistema de registro será obligatorio en todos los locales, pero la cesión de datos por parte del cliente será voluntaria. Los datos se emplearán solo para el ámbito sanitario, y no podrán usarse para fines comerciales.
En el caso de la verbenas, el aforo se calculará con una persona por cada tres metros cuadrados y habrá fijados aforos máximos. En los espacios de 8.000 metros cuadrados o menos, el máximo será de 1.000 personas; en el caso de tener una superficie superior, el máximo será de 2.000 personas. Para poder hacer cumplir estos aforos, será preciso que la zona del evento esté delimitada. Deberá haber también un punto de entrada y de salida diferenciados.
El escenario deberá estar a cuatro metros de distancia del público y tanto los componentes de las orquestas y bandas como el público deberán portar mascarillas de forma obligatoria. Será una excepción los vocalistas e intérpretes de instrumentos de viento, que podrán quitar la máscara durante su actuación.
En cuanto a las atracciones de feria, el aforo también se calculará en la base de una persona por cada tres metros cuadrados. En este caso, el máximo será de 700 personas en las superficies iguales o inferiores a los 8.000 metros cuadrados; y de 1.000 personas en el caso de superficies superiores.
Las atracciones podrán ocuparse hasta un máximo que permita mantener la distancia de seguridad interpersonal y, si ésta no se puede asegurar, se reducirá al 50% en cada fila (aunque esta limitación no será de aplicación en caso de personas convivientes). En las atracciones que no tengan asientos, el aforo máximo será del 50%. En este caso, será también obligatorio el uso de mascarilla.